martes, 13 de enero de 2009

SECCION CUARTA

SECCION CUARTA PARA EL CURSO DE CAPACITACION INTERMEDIA
OBJETIVO
APLICAR TODOS LOS CONOCIMIENTOS Y MEDIOS DISPONIBLES CON EL FIN DE CAPACITAR AL SUBOFICIAL COMO AUXILIAR DE PLANA MAYOR EN EL DESARROLLO Y EJECUCION DE LOS RECURSOS ASIGNADOS A UNA UNIDAD

jueves, 6 de noviembre de 2008

HOJA AVANZADA SECCION CUARTA

TAREA No. 1: IDENTIFICAR LA ORGANIZACION, FUNCIONES Y ÁREAS DE RESPONSABILIDAD DE LA SECCIÓN CUARTA.
TAREA No. 2: IDENTIFICAR LOS PASOS QUE SE SIGUEN PARA LA ASIGNACIÓN DE LOS RECURSOS DE UNA UNIDAD.

TAREA No. 3: IDENTIFICAR LOS DIFERENTES RUBROS PRESUPUESTALES Y OBJETIVO POR EL CUAL SE PUEDE ADQUIRIR LOS ELEMENTOS Y EJECUTAR LAS PARTIDAS ASIGNADAS A LA UNIDAD.

TAREA No. 4: IDENTIFICAR LOS DIFERENTES PASOS PARA UN PROCESO DE CONTRATACIÓN.

TAREA No. 5: IDENTIFICAR LAS FUNCIONES DEL SIIF, SICE, SAP Y SUS APLICACIONES.

TAREA No. 6: APLICAR LOS PASOS A SEGUIR PARA LA ELABORACIÓN Y EJECUCIÓN DE UN PLAN DE FONDO INTERNO.

miércoles, 5 de noviembre de 2008

TAREA No. 1IDENTIFICAR LA ORGANIZACION, FUNCIONES Y AREAS DE RESPONSABILIDAD DE LA SECCION CUARTA

ORGANIZACION :

  1. Oficial Logística
  2. Suboficial de Abastecimiento
  3. Suboficial Equipo Fijo de Ingenieros
  4. Almacenista
  5. Facturador de Alimentación
  6. Facturador partidas Fijas
  7. Suboficial de Inventarios
  8. Jefe de propiedad planta y equipo

FUNCIONES DEL S-4


1. PONDER POR LOS SERVICIOS DE ALIMENTACION, LAVADO Y PELUQUERIA, CONSERVACION DE LOS ALIMENTOS, ABASTECIMIENTOS EN GENERAL, EVACUACION Y TRANSPORTE DE LA UNIDAD.

2. TENER INFROMADO A SU COMANDANTE CON RESPETO A LOS ABASTECIMIENTOS DE TODAS LAS CLASES; PREPARAR LOS PLANES LOGISTICOS PARA LA UNIDAD.

3. PRESIDIR LAS SIGUIENTES COMISIONES ADMINISTRATIVAS CUANDO SE OPERA EN FORMA CENTRALIZADA: MATERIAL DE ARMAMENTO-INTENDENCIA-REMONTA Y VETERINARIA-SANIDAD-TRANSPORTES-INGENIEROS.

4. LLEVAR LOS LIBROS Y DOCUMENTOS DE PARTIDAS FISCALES ASIGNADAS A LA UNIDAD, ASI COMO LOS FONDOS INTERNOS.

5. RESPONDER POR LA CONSERVACION DE LOS PREDIOS Y ALOJAMIENTOS CUANTOS SE AURORICEN REPARACIONES, MODIFICACIONES O CONSTRUCCIONES, TOMAR BAJO SU RESPONSABILIDAD EL CONTROL DE LAS OBRAS E INVERSION DE LAS PARTIDAS ESPECIALES QUE SE APROPIEN PARA EL EFECTO.

6. DE COMUN ACUERDO CON EL INTENDENTE LOCAL VERIFICAR LOS TRBAJOS EJECUTADOS EN LOS TALLERES DE CARPINTERIA, ZAPATERIA, TALABARTERIA, SASTRERIA, COMO TAMBIEN LOS REALIZADOS POR EL ELECTRICISTA Y PLOMERO DE LA UNIDAD.

7. ELABORAR EN FORMA DETALLADA MENSUALMENTE LOS PLANES QUE CONTINUACION SE RELACIONAN:

  • PLAN DE ABASTECIMIENTOS
  • PLAN DE INVERSION DE FONDO INTERNO
  • PLAN DE MANTENIMIENTO


8. EFECTUAR EN LO POSIBLE LOS PAGOS A LOS ACREEDORES EN COMPAÑIA DEL PAGADOR.

9. EJERCER UN ESTRICTO CONTROL Y POR LO MENOS VERIFICAR UN INVENTARIO MENSUAL AL GUARDA PARQUE DE LA UNIDAD, AL ALMACEN DE INTENDENCIA, ALMACENISTA DE HERRAMIENTAS Y ALMACENISTA DE REPUESTOS DE LA UNIDAD.

CLASES DE ABASTECIMIENTOS


CLASE I : Abastecimiento
CLASE II : Intendencia.
CLASE III : Combustibles.
CLASE IV : Equipo Especial.
CLASE V : Armamento.
CLASE VI : Sanidad

sábado, 13 de septiembre de 2008

TAREA No. 2. IDENTIFICAR LOS DIFERENTES PASOS QUE SE SIGUEN PARA LA ASIGNACION DE LOS RECURSOS DE UNA UNIDAD

PASOS PARA LA ASIGNACION DE PRESUPUESTO DE UNA UNIDAD
APROPIACIÓN

Comprende los recursos asignados a la Unidad por el Comando del Ejército a través de la Orden Administrativa de Partidas Fiscales o Apoyos Especiales. Los cuales son informados por las diferentes Direcciones Técnicas y Ordenadores del Gasto mediante informes de giro. Es importante recordar que antes de comprometer estás últimas partidas especiales o apoyos, se debe efectuar una adecuada coordinación con los Ordenadores del Gasto del Cuartel General, que informan dicho giro o con la Dirección Financiera a fin de determinar la veracidad del mismo.
Los recursos captados directamente por cada Unidad considerados como Fondos Internos hacen parte de la apropiación para cada vigencia

PLANES

Con base en la apropiación disponible para cada mes (partidas fijas, partidas especiales, fondo interno, etc.) y al plan de necesidades que resulta de las revistas practicadas al estado de las instalaciones y bienes de la Unidad, el oficial de Logística elabora los planes (administrativo anual, de mantenimiento, de abastecimientos, y fondo especifico) cuyo objeto es definir la forma en que se van a invertir tales recursos, recordándose que el plan es el parámetro que permite medir si la ejecución del presupuesto se está efectuando en la forma establecida, por lo cual se debe revisar periódicamente comparándolo con las adquisiciones reales.


PLAN ADMINISTRATIVO ANUAL
Contiene los objetivos, metas y tareas que se traza el Comandante de la Unidad para alcanzar en el año fiscal, como parte de su gestión administrativa, impartiendo instrucciones y directrices, considerando los recursos con que cuenta la Unidad.


PLAN DE MANTENIMIENTO
Debe contemplar las misiones de mantenimiento en todas las áreas de los Servicios Técnicos y Comisiones Administrativas.

PLAN DE ADQUISICIONES Y ABASTECIMIENTOS
La función de abastecimientos tiene como finalidad proveer a la Unidad de los elementos necesarios para un normal funcionamiento. Para ello, el oficial de Logística debe elaborar el PLAN DE ABASTECIMIENTOS, ordenado en la directiva permanente de administración y Logística, el cual incluye los abastecimientos que se financiarán con recursos del presupuesto y con recursos provenientes de los fondos internos. Es importante tener en cuenta que este plan se elabora con valores proyectados teniendo como base el presupuesto disponible, pudiendo ser ajustado una vez se conocen los precios definidos en el Comité de Adquisiciones.
PLAN DE FONDO ESPECÍFICO
El Plan de fondo especifico, se debe elaborar cada vez que en la Unidad se realicen eventos especializados, tales como entrega de armas, licenciamientos, primeras comuniones, etc, en los cuales se programe el suministro de alimentación especial al personal de soldados.
Al igual que los demás planes, es elaborado por el oficial de Logística y aprobado por el Comandante de la Unidad.


UTILIZACIÓN DE LA APROPIACIÓN

AFECTACIÓN:


Se produce en el momento en que se adquiere el compromiso por parte del ordenador de gasto, al solicitarle al proveedor o contratista el suministro de elementos, servicios o cualquier otro tipo de actividad a realizarse entre la unidad y el mismo, para lo cual se expide un documento tal como orden de servicio, orden de compra o simplemente el contrato sin formalidades plenas, teniendo en cuenta las siguientes actividades previas:


COMPROBAR EXISTENCIA CONCEPTO DEL GASTO EN APROPIACIÓN

Una vez se tengan definidas las necesidades en cada uno de los planes descritos anteriormente y el correspondiente Estudio de Conveniencia y Oportunidad para los bienes obras o servicios a adquirir, el ordenador de gasto debe verificar que el concepto del gasto se encuentre relacionado en la apropiación asignada a la Unidad.

EXPEDIR CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL
Seguidamente se solicite al jefe de presupuesto la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal, siendo responsabilidad del Ordenador del Gasto la adquisición de compromisos sin estos requisitos.
CUMPLIR REQUISITOS PREVIOS (CONFORMACIÓN COMITÉS)

Con el propósito de dar cumplimiento al principio de la transparencia contemplado en el Estatuto de contratación Administrativa, para poder adquirir compromisos se deben reunir una serie de requisitos tales como la designación de Comités Técnicos, económicos y jurídicos (según la cuantía y objeto a contratar), conformación del Comité de Adquisiciones. En donde se selecciona al proveedor o contratista que ofrezca las mejores garantías, calidad y economía para la Unidad, lo cual impone el deber de estudiar las cotizaciones o propuestas que éstos envían antes de celebrarse dicho Comité.
ORDENAR EL GASTO (ELABORACIÓN CONTRATO)
Una vez se defina el contratista que ofrece las mejores alternativas, se elabora el contrato de suministro, compraventa, de prestación de servicios o de obra en original, de acuerdo con las directrices que imparta la Oficina de Contratación y designando en lo sucesivo. Un supervisor para cada contrato, encargado de verificar el cabal cumplimiento de las obligaciones pactadas. Cabe anotar que los pagos de planillas de viáticos, devoluciones de alimentación, nóminas de personal, servicios públicos, descuentos centralizados, etc., no requieren de contrato, pero si debe expedirse de certificado de disponibilidad, cuando se trate de pagos por concepto de presupuesto o de fondo interno.
REGISTRO PRESUPUESTAL
Una vez suscrito o firmado el contrato por las parles, se debe expedir el registro presupuestal mediante el cual se establece que la apropiación existente sólo puede utilizarse únicamente en el pago de dicho contrato y así evitar desviación de los recursos disponibles. El registro presupuestal es un requisito de perfeccionamiento del contrato y la ejecución del mismo no puede iniciarse hasta tanto no se cuente con dicho documento, pudiéndose incurrir en legalización de hechos cumplidos.
EJECUCIÓN
Se da en el momento en que el contratista cumple el objeto del contrato, mediante el suministro del bien o cumplimento del servicio convirtiéndose, para el ordenador de gasto, dicho compromiso en una obligación la cual debe ser cancelada mediante un comprobante de egreso con los requisitos exigidos para tal fin.
Este proceso se lleva a cabo bajo los siguientes parámetros:

CUMPLIR GASTO ORDENADO
Cumplidos los anteriores requisitos el contratista está en capacidad de entregar el bien, la obra o el servicio solicitado el cual debe ser recibido a satisfacción por el oficial de servicio y el almacenista respectivo, quien debe elaborar el comprobante de entrada al almacén, junto con el bien o servicio suministrado- El proveedor debe enviar la factura comercial o cuenta de cobro en original y copias, la cual debe ser firmada por el Oficial de servicio como constancia de que se recibió el bien o servicio objeto del conflicto, quedando debidamente registrado en el libro que lleva el mismo

ELABORACIÓN COMPROBANTE DE EGRESO
El egreso de fondos como su nombre lo indica es el documento donde se registra la cancelación física de los compromisos contractuales por cualquier concepto y en todas sus modalidades, así como aquellos desembolsos de Tesorería que no requieren de contrato

PAGO DEL COMPROMISO
Una vez el comprobante de egreso se encuentra debidamente perfeccionado con todos los documentos soporte, la Intendencia Local o dependencia que haga sus veces, elabora el documento requerido de acuerdo con la modalidad de pago.
RESUMIENDO LOS PASOS SON LOS SIGUIENTES
1.ESTABLECER LAS NECECIDADES
2.REALIZAR EL PLAN NECESIDADES S-4
3.PLAN ADQUISICIONES CONSOLIDADO S-4
4.EXPEDICION DEL C-D-P
5.SOLICITUD OFERTAS ELABORACION, PUBLICACION, PLIEGOS, ESTUDIO CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD (ECO), JUNTA DE COMPRAS
6.ELABORACION DE ACTA ADJUDICACION
7.ELABORACION DEL PLAN DE ABASTECIMIENTOS
8.ELABORACION DEL CONTRATO
9.COMUNICACION AL PROVEEDOR Y FIRMA CONTRATO
10.ELABORACION DEL REGISTRO PRESUPUESTAL (COMPROMISO)
11.CANCELACION DEL IMPUESTO DE TIMBRE, POLIZAS DE GARANTIA Y PUBLICAION EN EL DIARIO OFICIAL
12.APROBACION POLIZA GARANTIA.
13.EJECUCION DEL CONTRATO
14.RECIBO DE BIENES O SERVICIOS.
15.ALTA DE BIENES.
16.ACTA DE RECEPCION DE SERVICIO
17.RECIBO DE FACTURAS, EGRESOS DE FONDOS, REVISION, OBLIGACION CONTABILIZACION (OBLIGACIONES Y DEDUCCIONES).
18.EJECUCION P-A-C AUTORIZADO E-4
19.ORDEN DE PAGO
20.PAGO Y/O ABONO CUENTA
21.CONTADOR INFORMA EL DESEMBOLSO DE LOS RECURSOS AL PROVEEDOR.

jueves, 11 de septiembre de 2008

TAREA No. 3. IDENTIFICAR LOS DIFERENTES RUBROS PRESUPUESTALES Y OBJETO POR EL CUAL SE PUEDE ADQUIRIR LOS ELEMENTOS Y EJECUTAR LAS PARTIDAS ASIGNADAS



RUBROS




Es la destinacion que tiene un dinero para cada partida en especial, que llega a cada Unidad dependiendo del plan de necesidades que halla pasado la misma.



Cuando el RUBRO es utilizado para satisfacer otras necesidades es considerado peculado.
Por lo tanto se clasifican en diferentes rubros así:
  • Rubro Gastos de Personal
  • Rubro Partida de Alimentación Soldados
  • Rubro Equipo de Sistemas
  • Rubro Combustible y Lubricantes
  • Rubro Transporte
  • Rubro Servicios de Capacitación
  • Rubro Servicios de Bienestar Social


RUBROS DE GASTO DE PERSONAL

Le corresponde a la División Control de Gastos de Personal la planeación y correcta ejecución de los gastos de personal de cada Fuerza.

PUEDEN SER VIATICOS
PASAJES - TRASLADOS
CANCELASCION PRIMAS ETC.



RUBRO PARTIDA DE ALIMENTACION SOLDADOS

Las partidas de alimentación para el personal de soldados será responsabilidad de los Segundos Comandantes quienes están delegados para contratar, y presentarán balance mensual a los Comandantes de Unidad.


Son de obligatoriedad las revisiones periódicas de las Oficinas de Control Interno quienes rendirán los informes directamente a la Inspección General de cada Fuerza.

RUBRO EQUIPO DE SISTEMAS


Es la partida presupuestal que se designa a cada institución militar para la adquisición de equipos de comunicación, cómputo y software del Comando de cada fuerza. Con el propósito de garantizar la calidad, compatibilidad de cada equipo.

RUBRO COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES

Es la partida presupuestal que se designa a cada institución militar para la compra de combustibles.

RUBRO TRANSPORTES

Son los recursos necesarios para cubrir los costos de transporte que se designa a cada institución militar para poder garantizar la movilidad administrativa y operacional de cada fuerza

RUBRO SERVICIOS DE CAPACITACION

Es la partida presupuestal asignada a la jefatura de educación y doctrina que son distribuidas en las diferentes necesidades de capacitación, instrucción y entrenamiento del personal.

RUBRO DE BIENESTAR SOCIAL

Esta partida se encuentra centralizada en la Dirección de Bienestar Social, quien lo distribuirá de acuerdo con el plan de Bienestar de cada fuerza, con el fin de incentivar al personal a través de planes de bienestar tales como:

Encuentro familiares actividades culturales, recreativas, Regalos navideños, capacitaciones actividades cívico- militares propias tropas

APROPIACIÒN PRESUPUESTAL
Corresponde al monto máximo que ha sido autorizado a cada Unidad Funcional para ser ejecutado o comprometido durante la vigencia fiscal de acuerdo al PAC aprobado para la vigencia y el rezago presupuestal.



IMPORTANTE….



Cada vez que el Departamento E-4 o una Dirección Técnica anuncie una partida presupuestal es requisito básico que se informe:




  • Rubro presupuestal al máximo nivel de desagregación.

  • Concepto del rubro autorizadoValor de la partida aprobada

  • Valor de la partida aprobada



TIPOS DE GASTO



A. FUCIONAMIENTO

B. SERVICIO DEUDA PUBLICA

C. INVERSION

MAXIMO NIVEL DE DESAGREGACIÒN PRESUPUESTAL AÑO 2007

Tipo de Gasto/Cta -Prog/SubC-SubP/ObjG-Proy/Ord-SubPrSub/SubOrd/Concepto
A - 1 - 0 - 1
SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A NOMINA
A - 1 - 0 - 1 - 1 SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA
A - 1 - 0 - 1 - 1 - 1 SUELDOS
A - 1 - 0 - 1 - 1 - 5 SUELDOS COMISIONES AL EXTERIOR
A - 1 - 0 - 1 - 1 - 90 OTROS
A - 1 - 0 - 1 - 5 OTROS
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 GASTOS DE REPRESENTACION
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 2 BONIFICACION POR SERVICIOS PRESTADOS
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 12 SUBSIDIO DE ALIMENTACION
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 3 AUXILIO DE TRANSPORTE
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 4 PRIMA DE SERVICIO
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 5 PRIMA DE VACACIONES
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 6 PRIMA DE NAVIDAD
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 1 8 PRIMA DE ACTIVIDAD
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 21 PRIMA DE DIRECCION
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 3 6 SUBSIDIO FAMILIAR
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 49 PRIMA DE ALTO MANDO
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 52 PRIMA DE INSTALACION EN EL EXTERIOR
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 53 PRIMA DE ALOJAMIENTO EN EL EXTERIOR
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 61 OTRAS PRIMAS NO PROVISIONADAS
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 62 OTROS GASTOS SERV PERSONALES DECRETO 4040 DE 2004
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 76 BONIFICACION LICENCIAMIENTO
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 77 BONIFICACION DRAGONEANTE
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 78 BONIFICACION AGENTE CUERPO PROFESIONAL ESPECIAL
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 86 PARTIDA ALIMENTACION SOLDADOS
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 87 PARTIDA ALIMENTACION ORDEN PUBLICO Y COBERTURA DE FRONTERAS
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 90 OTROS CONCEPTOS DE SERVICIOS PERSONALES AUTORIZADOS POR LEY
A - 1 - 0 - 1 - 5 - 91 BONIFICACIÒN DE ACTIVIDAD JUDICIAL (DECRETO 3131 DE 2005)
A - 1 - 0 - 1 - 9 - 0 HORAS EXTRAS, DIAS FESTIVOS E INDEMINIZACION POR VACACIONES
A - 1 - 0 - 1 - 9 - 3 INDEMNIZACION POR VACACIONES
A - 1 - 0 - 1 - 999 PAGOS PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIAS EXPIRADAS
A - 1 - 0 - 2 SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
A - 1 - 0 - 2 - 12 HONORARIOS
A - 1 - 0 - 2 - 14 REMUNERACION SERVICIOS TECNICOS
A - 1 - 0 - 2 - 16 HORAS CATEDRA
A - 1 - 0 - 2 - 100
OTROS SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS
A - 1 - 0 - 2 - 999 VIGENCIAS EXPIRADAS
A - 1 - 0 - 5 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO
A - 1 - 0 - 5 - 1 ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PRIVADO


A - 1 - 0 - 5 - 1 - 1 CAJA DE COMPENSACION PRIVADAS
A - 1 - 0 - 5 - 1 - 2 FONDOS ADMINISTRADORES DE CESANTIAS PRIVADOS
A - 1 - 0 - 5 - 1 - 3 FONDOS ADMINISTRADORES DE PENSIONES PRIVADOS
A - 1 - 0 - 5 - 1 - 4 EMPRESAS PRIVADAS PORMOTRAS DE SALUD
A - 1 - 0 - 5 - 1 - 5 ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE APORTES PARA A.R.P.
A - 1 - 0 - 5 - 2 ADMINISTRADAS POR EL SECTOR PUBLICO
A - 1 - 0 - 5 - 2 - 1 CAJAS DE COMPENSACION PUBLICAS
A - 1 - 0 - 5 - 2 - 2 FONDO NACIONAL DEL AHORRO
A - 1 - 0 - 5 - 2 - 3

FONDOS ADMINISTRADORES DE PENSIONES PUBLICOS

A - 1 - 0 - 5 - 2 - 5 OTROS FONDOS ADMINISTRADORES DE CESANTIAS PUBLICOS
A - 1 - 0 - 5 - 2 - 6 EMPRESAS PUBLICAS PROMOTORAS DE SALUD

A - 1 - 0 - 5 - 2 - 7 ADMINISTRADORAS PUBLICAS DE APORTES PARA A.R.P.
A - 1 - 0 - 5 - 6 APORTES AL ICBF
A - 1 - 0 - 5 - 7 APORTES AL SENA
A - 1 - 0 - 5 - 8 APORTES A LA ESAP
A - 1 - 0 - 5 - 9 APORTES A ESCUELAS INDUSTRIALES E INSTITUTOS TECNICOS
A - 1 - 0 - 5 - 10 SUBSIDIO DE VIVIENDA
A - 1 - 0 - 5 - 10 - 1 SUBSIDIO DE VIVIENDA A LA FUERZA PUBLICA
A - 1 - 0 - 5 - 10 - 2 SUBSIDIO DE VIVIENDA A SOLDADOS
A - 1 - 0 - 5 - 999 PAGO PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIAS EXPIRADAS
A - 2 - 0 - 3 IMPUESTOS Y MULTAS
A - 2 - 0 - 3 - 50 IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES
A - 2 - 0 - 3 - 50 - 2 IMPUESTO DE VEHICULO
A - 2 - 0 - 3 - 50 - 3 IMPUESTO PREDIAL
A - 2 - 0 - 3 - 50 - 15 VALORIZACION TERRENOS
A - 2 - 0 - 3 - 50 - 90 OTROS IMPUESTOS
A - 2 - 0 - 3 - 51 MULTAS
A - 2 - 0 - 3 - 51 - 1 MULTAS Y SANCIONES
A - 2 - 0 - 3 - 999 PAGO PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIAS EXPIRADAS
A - 2 - 0 - 4 ADQUISICION DE BIENES Y SERVICIOS
A - 2 - 0 - 4 - 1 COMPRA DE EQUIPO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 1 EQUIPO DE MUSICA Y ACCESORIOS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 2 EQUIPO DE RECREACION Y DEPORTES
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 3 HERRAMIENTAS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 4 AUDIOVISUALES Y ACCESORIOS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 5 EQUIPO DE RADARES
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 6 EQUIPO DE SISTEMAS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 7 SATELITES Y ANTENAS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 8 SOFTWARE
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 9 EQUIPO DE CAFETERIA
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 10 EQUIPO DE LABORATORIO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 11 EQUIPO MEDICO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 12 EQUIPO ODONTOLOGICO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 13 EQUIPO AGRICOLA
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 14 EQUIPO DE PERFORACION
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 15 MAQUINARIA INDUSTRIAL
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 16 VEHICULOS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 17 EQUIPO FLUVIAL Y MARITIMO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 18 EQUIPOS Y ACCESORIOS DE NAVEGACION
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 19 AERONAVES
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 20 COMPRESORES
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 21 EQUIPO ANTIMOTIN
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 22 EQUIPO DE BOMBEO
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 23 EQUIPO DE CONSTRUCCION
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 24 EQUIPO DE INVESTIGACION
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 25 OTRAS COMPRAS DE EQUIPOS
A - 2 - 0 - 4 - 1 - 26 EQUIPO DE COMUNICACIONES
A - 2 - 0 - 4 - 2 ENSERES Y EQUIPOS DE OFICINA
A - 2 - 0 - 4 - 2 - 1
EQUIPOS Y MAQUINAS PARA OFICINA
A - 2 - 0 - 4 - 3 COMPRA DE EQUIPO MILITAR Y DE INTELIGENCIA
A - 2 - 0 - 4 - 3 - 1 ARMAMENTO
A - 2 - 0 - 4 - 3 - 2 EQUIPO DE ALOJAMIENTO Y CAMPANA
A - 2 - 0 - 4 - 3 - 3 EQUIPO DE INTELIGENCIA
A - 2 - 0 - 4 - 3 - 4 EQUIPO MILITAR Y DE SEGURIDAD
A - 2 - 0 - 4 - 4 MATERIALES Y SUMINISTROS
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 1 COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 2 DOTACION
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 3 ELEMENTOS DE ALOJAMIENTO Y CAMPAÑA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 6 LLANTAS Y ACCESORIOS
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 7 MATERIAL DE GUERRA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 8 MATERIAL QUIRURGICO
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 9 MATERIALES DE CONSTRUCCION
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 14 MUNICION
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 15 PAPELERIA, UTILES DE ESCRITORIO Y OFICINA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 17 PRODUCTOS DE ASEO Y LIMPIEZA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 18 PRODUCTOS DE CAFETERIA Y RESTAURANTE
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 19 RACIONES DE CAMPAÑA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 20 REPUESTOS
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 21 UTENSILIOS DE CAFETERIA
A - 2 - 0 - 4 - 4 - 23 OTROS MATERIALES Y SUMINISTROS
A - 2 - 0 - 4 - 5 MANTENIMIENTO
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 1 MANTENIMIENTO DE BIENES INMUEBLES
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 2 MANTENIMIENTO DE BIENES MUBLES, EQUIPO Y ENSERES
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 3 MANTENIMIENTO DE MATERIAL Y EQUIPO DE GUERRA
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 4 MANTENIMIENTO DE VÍAS, ESTRUCTURAS Y REDES
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 5 MANTENIMIENTO EQUIPO COMUNICACIONES Y COMPUTACION
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 6 MANTENIMIENTO EQUIPO DE NAVEGACION Y TRANSPORTE
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 7 MANTENIMIENTO Y MEJORAMIENTO DE VIVIENDA Y ALOJAMIENTO
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 8 SERVICIO DE ASEO
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 9 SERVICIO DE CAFETERIA Y RESTAURANTE
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 10 SERVICIO DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 11 ADMINISTRACION OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE PLANTAS DE ENERGIA
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 12 MANTENIMIENTO DE OTROS BIENES
A - 2 - 0 - 4 - 5 - 13 MANTENIMIENTO DE SOFTWARE
A - 2 - 0 - 4 - 6 COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
A - 2 - 0 - 4 - 6 - 1 ALQUILERES DE LINEAS
A - 2 - 0 - 4 - 6 - 2 CORREO
A - 2 - 0 - 4 - 6 - 6 SERVICIOS DE TRANSMISION DE INFORMACION
A - 2 - 0 - 4 - 6 - 7 TRANSPORTE
A - 2 - 0 - 4 - 6 - 8 OTROS COMUNICACIONES Y TRANSPORTE
A - 2 - 0 - 4 - 7 IMPRESOS Y PUBLICACIONES
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 1 ADQUISICION DE LIBROS Y REVISTAS
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 2 CAMPAÑAS
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 3 EDICION DE LIBROS,REVISTAS,ESCRITOS Y TRABAJOS TIPOGRAFICOS
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 4 PUBLICIDAD Y PROPAGANDA
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 5 SUSCRIPCIONES
A - 2 - 0 - 4 - 7 - 6 OTROS GASTOS POR IMPRESOS Y PUBLICACIONES
A - 2 - 0 - 4 - 8 SERVICIOS PUBLICOS
A - 2 - 0 - 4 - 8 - 1
ACUEDUCTO ALCANTARILLADO Y ASEO
A - 2 - 0 - 4 - 8 - 3 GAS NATURAL
A - 2 - 0 - 4 - 8 - 4 INSTALACIÓN Y TRASLADO DE LÍNEAS TELEFÓNICAS
A - 2 - 0 - 4 - 8 - 5 TELEFONIA MOVIL CELULAR
A - 2 - 0 - 4 - 8 - 6 TELEFONO,FAX Y OTROS
A - 2 - 0 - 4 - 9 SEGUROS
A - 2 - 0 - 4 - 9 - 3 SEGURO DE AERONAVES
A - 2 - 0 - 4 - 9 - 3 OTROS SEGUROS
A - 2 - 0 - 4 - 10 ARRENDAMIENTOS
A - 2 - 0 - 4 - 10 - 1 ARRENDAMIENTOS BIENES MUEBLES
A - 2 - 0 - 4 - 10 - 2 ARRENDAMIENTOS BIENES INMUEBLES
A - 2 - 0 - 4 - 11 VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE
A - 2 - 0 - 4 - 11 - 1 VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE AL EXTERIOR
A - 2 - 0 - 4 - 11 - 2 VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE AL INTERIOR
A - 2 - 0 - 4 - 16 APOYO OPERACIONES MILITARES Y POLICIALES
A - 2 - 0 - 4 - 16 - 2 TRANSPORTE DE SOLDADOS
A - 2 - 0 - 4 - 18 COMPRA DE SEMOVIENTES
A - 2 - 0 - 4 - 19 SOSTENIMIENTO DE SEMOVIENTES
A - 2 - 0 - 4 - 19 - 1 MATERIAL VETERINARIO
A - 2 - 0 - 4 - 19 - 2 SOSTENIMIENTO
A - 2 - 0 - 4 - 19 - 3 OTROS PARA EL SOSTENIMIENTO DE SEMOVIENTES
A - 2 - 0 - 4 - 20 GASTOS RESERVADOS
A - 2 - 0 - 4 - 20 - 1 GASTOS RESERVADOS BIENES
A - 2 - 0 - 4 - 20 - 2 GASTOS RESERVADOS SERVICIOS
A - 2 - 0 - 4 - 21 CAPACITACION, BIENESTAR SOCIAL Y ESTIMULOS
A - 2 - 0 - 4 - 21 - 3 ELEMENTOS PARA ESTÍMULOS
A - 2 - 0 - 4 - 21 - 5 SERVICIOS DE CAPACITACION
A - 2 - 0 - 4 - 21 - 8 SERVICIOS PARA ESTÍMULOS
A - 2 - 0 - 4 - 21 - 10 OTROS ELEMENTOS PARA CAPACITACION, BIENESTAR SOCIAL Y ESTIMULOS
A - 2 - 0 - 4 - 40 OTROS GASTOS POR ADQUISICION DE BIENES
A - 2 - 0 - 4 - 40 - 1 SOSTENIMIENTO DE AGREGADURIAS MILITARES
A - 2 - 0 - 4 - 40 - 15 OTROS GASTOS POR ADQUISICIÒN DE BIENES
A - 2 - 0 - 4 - 41 OTROS GASTOS POR ADQUISICION DE SERVICIOS
A - 2 - 0 - 4 - 41 - 1 SERVICIOS FUNERARIOS
A - 2 - 0 - 4 - 41 - 2 SERVICIOS MÉDICOS Y HOSPITALARIOS
A - 2 - 0 - 4 - 41 - 3 SERVICIOS PARA RECLUTAMIENTO
A - 2 - 0 - 4 - 41 - 13 OTROS GASTOS POR ADQUISICION DE SERVICIOS
A - 2 - 0 - 4 - 41 - 14
SOSTENIMIENTO DE AGREGADURIAS MILITARES
A - 2 - 0 - 4 - 999 PAGO PASIVOS EXIGIBLES VIGENCIAS EXPIRADAS

miércoles, 10 de septiembre de 2008

TAREA No. 4. IDENTIFICAR LOS DIFERENTES PASOS PARA UN PROCESO DE CONTRATACION

INTRODUCCION
El Comandante del Ejército de acuerdo a lo preceptuado en la Ley 80 de 1993, sus decretos reglamentarios y modificatorios, el decreto 2772 del 10 de Agosto de 2005 y las Resoluciones 591 del 17 de Mayo de 2005 y 168 del 24 de Febrero y su Modificatoria la No. 1465 del 28 de junio de 2006 del Ministerio de Defensa Nacional emite las siguientes políticas internas en cuanto al cumplimiento del articulado anterior con las siguientes consideraciones:

La actividad contractual del Ejército Nacional como una manifestación del ejercicio dela función administrativa, debe ceñirse bajo los principios de igualdad, oralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, entre otros y en cuanto a los procesos de selección, celebración y ejecución de los contratos estatales, a los postulados del artículo 209 de la Constitución Política y a lo dispuesto por la Ley General de Contratación de la Administración Pública.

MARCO LEGAL.

  • Constitución Política de Colombia
  • Ley 80 de 1993 por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública.
  • Decreto 855 de 1994 por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993 en materia de Contratación Directa.
  • Decreto 2681 de 1993 por el cual se reglamentan parcialmente las operaciones de
    Crédito Público, las de Manejo de la Deuda Pública, sus asimiladas y conexas y la
    Contratación directa de las mismas.
  • Decreto 94 de 1994 por el cual se delega la facultad de celebrar a nombre de la
    Nación las operaciones a que se refiere el decreto 2681 de 1993.
  • Decreto 679 de 1994 por el cual se reglamenta parcialmente la ley 80 de 1993.
  • Decreto 92 de 1998 y 2788 de 2003.
  • Decreto 287 de 1996 por el cual se reglamentan los artículos 24, 25, 29 y 30 de la Ley 80 de 1993.
  • Decretos Ejecutivos 1512 de 2000 y 049 de 2003, por medio de los cuales se
    Reestructura el Ministerio de Defensa Nacional.
  • Decreto 2170 de 2002 por el cual se reglamenta la Ley 80 de 1993, se modifica el Decreto 855 de 1994 y se dictan otras disposiciones en aplicación de la Ley 527 de 1999.
  • Decreto 2434 de 2006 por el cual se modifica el decreto 2170 de 2002.
  • Resolución 591 del 17 de Mayo de 2005, que emite el manual de contratación del Ministerio de Defensa y sus Unidades Ejecutoras.
  • Resolución de delegación No.168 de 2006 y su modificatoria la No. 1465 de 2006 y toda aquella que la modifique, sustituya o revoque.

ETAPA PRECONTRACTUAL

Comprende el proceso de selección propiamente dicho y para los fines de este Manual se identifican a partir de los actos que hacen pública la iniciativa de Contratación, los demás pasos o procesos que defina el competente contractual para garantizar el fin de la contratación sin que contraríen las normas establecidas que rigen la materia.

La selección de contratistas se surtirá a través de cualquiera de los siguientes
Procedimientos o modalidades:


A. LICITACIÓN PÚBLICA Y CONCURSO PÚBLICO:

Aplica cuando concurran las circunstancias previstas en la ley, con sujeción al presupuesto de la entidad; tales procesos se adelantarán conforme a lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y sus Decretos reglamentarios o la norma que la modifique o sustituya. El reporte a la cámara de comercio se realiza de acuerdo con la normatividad de la superintendencia de Industria y Comercio, la cual establece las características y el programa a utilizar para este reporte y será dentro de los cinco (5) primeros días corrientes de cada mes, a la cámara de comercio de su jurisdicción remitida con un mes de antelación a la apertura de la licitación o concurso.

B. CONTRATACIÓN DIRECTA

Aplica cuando concurran las circunstancias previstas en la ley, con sujeción al presupuesto de la entidad, para la terminación de las cuantías y se someterán al trámite que a continuación se detalla, a partir de los actos que hacen pública la iniciativa de contratación.

Proceso de selección

1. Publicación del aviso de prensa anunciando disponibilidad Pre pliego. Con el fin de garantizar la publicidad y por ende la democratización de los procesos, el Ejército Nacional, anunciará a través de un medio de amplia circulación, nacional, regional o local, las condiciones y términos durante los cuales estarán disponibles los pre pliegos. Se publicará dentro de los diez (10) a veinte (20) días calendario anteriores a la apertura de la licitación o concurso se publicarán hasta tres (3) avisos con intervalos entre dos (2) y cinco (5) días calendario (Formato 3).

2. Publicación del pre pliego en la página Web http://www.contratos.gov.co/ De acuerdo al decreto 2434 de 2006, El Ejército Nacional publicará los proyectos de pliegos de condiciones y/o términos de referencia de los procesos de licitación, concurso público o invitación directa con excepción de aquellas cuyo valor sea igual o inferior al 10% de la menor cuantía, con el propósito de suministrar al público en general la información que le permita formular observaciones al contenido de los documentos antes mencionados. Dar estricto cumplimiento al artículo vigésimo cuarto para la identificación o numeración de los procesos.

Audiencia preliminar. El Ejército Nacional, efectuará una audiencia preliminar Dentro de los cinco (5) días calendario antes de la apertura del proceso; en la fecha y hora señalada en el proyecto de pliegos de condiciones o pre pliego.

a. Suscripción de la plantilla de ingreso y la planilla de compromiso de Confidencialidad, si aplica. (Formatos No. 5, 10,38).
b. Presentación por parte del Gerente del Proyecto.
c. Presentación por parte de los delegados de cada Comité, de la parte Pertinente del pliego.
d. Intervención de los interesados, conforme al turno que registre la Planilla de ingreso.
La Audiencia Preliminar se efectuará dentro del término de exhibición del pre Pliego de condiciones y/o términos de referencia, un plazo máximo de
Un (1) día.

4. Recepción de observaciones. Las observaciones al pre-pliego de condiciones y/o términos de referencia, se recibirán únicamente en la oficina de contratación o quien haga sus veces y no por algún funcionario de los comités; éstas deberán constar por escrito, una vez radicadas, tales serán tramitadas y remitidas al Gerente del proyecto y/o Comités. La totalidad de las respuestas las entregarán las correspondientes áreas a la oficina de contratación o quien haga sus veces, en medio documental y magnético para su respectiva respuesta.

5. Respuesta a observaciones al proyecto de pliego e integración y
análisis. Con las observaciones recibidas se integrará el o los formularios de preguntas y respuestas analizando la pertinencia de éstas; para los efectos se producirá el documento que contará con la firma del Gerente del proyecto, y el ordenador del gasto quienes en coordinación con la oficina de contratación autorizarán su inclusión en la página Web
www.contratos.gov.co Nota: Las observaciones recibidas extemporáneamente no se
Atenderán.

6. Integración del pliego de condiciones definitivo. Con base en los formularios de preguntas y respuestas y en los conceptos definitivos tramitados, se integrará El Pliego Definitivo de Condiciones y/o términos de referencia para llevar a ponencia ante el comité de adquisiciones.

7. Resolución de apertura Está materializada en el acto administrativo que dispone las condiciones generales de la licitación, concurso o contratación directa, ordenando la apertura formal del proceso de selección. (Formato No.8)

8. Publicación de pliegos definitivos en la página Web. Publicidad de los pliegos de condiciones y/o términos de referencia. El Ejército publicará los pliegos de condiciones y/o términos de referencia definitivos de los procesos de licitación o concurso público o contratación Directa.
En dichos documentos se podrán incluir los temas planteados en las observaciones que se consideren relevantes para el proceso de
Selección. Dar estricto cumplimiento al artículo vigésimo cuarto para la identificación o numeración de los procesos

9. Disposición del pliego para consulta o compra. Los pliegos de condiciones o términos de referencia serán puestos a disposición para consulta en el sitio Web www.contratos.gov.co y en la Oficina de contratación o quien haga sus veces de cada unidad.

10. Venta de pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones serán entregados en calidad de venta a los interesados, previa cancelación de los derechos que fija por tabla de cuantías el Ministerio de Defensa; su valor no es reembolsable y su pago debe hacerse previo a la fecha fijada para la recepción de propuestas. Cuando un proceso se declare desierto y se de apertura nuevamente no se cobrará a algún oferente que lo haya adquirido, previa verificación de la cuantías en que participará de nuevo. (Formato No.9)

11. Audiencia de aclaraciones. El Ministerio de Defensa - Ejército Nacional, podrá realizar una audiencia de aclaraciones a efectos de precisar el contenido de los pliegos de condiciones y/o términos de referencia definitivos. dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al inicio del plazo para la presentación de la propuesta y a solicitud de cualquiera de las personas que retiraron pliegos de condiciones y/o términos de referencia. (Formato No.11)

12. Aclaraciones y recepción de observaciones al pliego. Dentro del plazo del proceso de selección y hasta los tres días hábiles anteriores al cierre, se recibirán las observaciones que consideren pertinente formular los interesados en presentar propuesta.

13. Publicación de formularios de respuestas a las observaciones o adendas, cuando a ellos hubiere lugar. Son formularios, los documentos que contienen las respuestas a las observaciones formuladas y Adendas, los documentos que contienen modificaciones a los pliegos de condiciones; unos y otros serán puestos a disposición de los interesados a través del sitio Web www.contratos.gov. y remitidos a los correos electrónicos o direcciones que se hubieren registrado, de ser posible o por fax.

14. Término para devolución de propuestas. Los proponentes podrán retirar sus propuestas antes de la fecha y hora previstas para el cierre del proceso; en este caso se les devolverán sin abrir
Recepción de propuestas. Las propuestas serán recibidas en el lugar, fecha y antes de la hora prevista en los pliegos de condiciones para tal efecto. De la entrega se dejará constancia en acta, en la que se indicará entre otra información: proponente, garantía, número de folios y asistentes al acto de recepción. Para la recepción de ofertas se dará diez (10) días hábiles y se cumplirá lo descrito en el Artículo Decimocuarto. (Formatos No. 12 y 14)

16. Evaluación y requerimientos. Dentro del más estricto respeto a un tratamiento igualitario a todos los proponentes, el Ejército podrá solicitar a cualquiera de ellos, las aclaraciones o la información que estime pertinente, a fin de adelantar el proceso de evaluación. Con ocasión de las respuestas, no podrán los proponentes mejorar, adicionar o complementar sus propuestas. Para la evaluación de ofertas se dará siete (07) días hábiles.

17. Consolidación del informe de evaluación. Agotado el proceso de evaluación según consta en los documentos que emanan de los Comités Evaluadores, se procederá a consolidar el informe para efectos de su publicación y consiguiente traslado.

18. Traslado del informe de evaluación. El traslado del informe de evaluación se Surtirá por el término que señale cada pliego de condiciones y/o términos de referencia. Durante este plazo, si los proponentes lo estiman pertinentes, podrán presentar las observaciones a dicho informe, en la oficina de Contratación o quien que haga sus veces. Para el traslado del informe y observación de las evaluaciones de ofertas se dará cinco (05) días hábiles.

19. Recepción y trámite de observaciones al informe de evaluación. Recibidas las observaciones, se procederá a su estudio, a proyectar las correspondientes respuestas y a efectuar los ajustes a los informes de evaluación si a ello hubiere lugar. Consolidado el informe final, se definirá el orden de elegibilidad.

20. Comité de Adquisiciones. En los casos en que haya lugar, se someterá al Comité de Adquisiciones el informe referido a la evaluación, a las observaciones y a las respuestas de las mismas, para que éste recomiende al ordenador del gasto, la adjudicación o declaratoria de desierta, si a ésta hubiere lugar. Para la celebración del comité de adquisiciones se dará cuatro días (04) días hábiles.

21. Audiencia. La decisión de que la adjudicación de una licitación, concurso o invitación tenga lugar en audiencia pública, podrá ser adoptada por el Contralor General de la República en los términos previstos en el artículo 273 de la Constitución Política, o cuando se considere pertinente de oficio por el Ministerio de Defensa Nacional o el Comando del Ejército, y en los casos que estime el competente contractual. En ella podrán participar los oferentes, las organizaciones de veeduría ciudadana, los medios de comunicación y cualquier persona que lo desee. (Formato No.18)

22. Resolución de adjudicación. La Resolución de adjudicación es el acto administrativo por el cual el ordenador dispone la adjudicación de la invitación a la propuesta más favorable, según las exigencias previstas en los pliegos de condiciones y/o términos de referencia; el acto administrativo de adjudicación es irrevocable y deberá emitirse en el menor tiempo posible.(Formato No.17)

23. Notificación de Resolución de adjudicación. Con sujeción a lo dispuesto en el Código Contencioso Administrativo, se surtirá la notificación personal. (Formato No.19)

24. Comunicación a los demás proponentes. Surtido el acto de adjudicación, se comunicará sobre la decisión a los restantes proponentes no favorecidos. (Formato No.19)

25. Elaboración del Contrato. Una vez adjudicada la invitación, la oficina de Contratación o quien haga sus veces, elaborará el o los contratos respectivos, los cuales surtirán los trámites internos de verificación y control; debe darse cumplimiento a la identificación descrita en el artículo vigésimo cuarto del presente manual.

26. Firma del contrato. Dentro del término que prevén los pliegos de condiciones y/o términos de referencia, es obligación del proponente citar de oficio a quien le fue adjudicada la invitación, para presentarse ante la oficina de contratación quien haga sus veces, a suscribir el correspondiente contrato, dentro del período de validez de la propuesta. En caso que el proponente se niegue a firmar el contrato, el Ministerio de Defensa - Ejército Nacional hará efectiva la garantía y si es del caso las sanciones pertinentes y se procederá a notificar la adjudicación al oferente que haya ocupado el segundo orden de elegibilidad dentro de los 10 días siguientes a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación

27. Requisitos de perfeccionamiento. Los contratos se perfeccionan con la firma de las partes y su correspondiente registró presupuestal.

28. Requisitos de legalización: Los contratos se legalizan con el pago del Impuesto de Timbre Nacional y el pago de los derechos de publicación en el Diario único de Contratación Pública, si a éstos hubiere lugar.

29. Requisitos de ejecución. Para la ejecución de los contratos se requiere la aprobación, por parte del Ministerio de Defensa. Ejército Nacional, de la Garantía Única constituida por el Contratista y como beneficiario o asegurado el M.D.N.- EJERCITO NACIONAL. (SIGLA UNIDAD). (Formato No.21)

30. Remisión de documentos al Supervisor. Cumplidos los anteriores requisitos, se remitirán copia de todos los antecedentes, el contrato perfeccionado con requisitos de ejecución al supervisor (o interventor en contrato de obra), quien asumirá el control de la ejecución. De acuerdo al numeral 2 del artículo Décimo quinto del presente manual.

31. Comunicación al contratista sobre fecha de iniciación. Efectuada la remisión de documentos al supervisor o interventor, se comunicará al contratista la fecha de iniciación del contrato, siempre y cuando ésta hubiera establecido desde la fecha de aprobación de la garantía única.


C. CONTRATACIÓN DIRECTA MENOR AL 10% DE LA MENOR CUANTÍA.

Los procesos de selección cuyo valor fuere menor al 10% de la menor cuantía, formularán invitación a un número plural y se someterán al trámite de selección previsto a continuación:

1. Elaboración de términos de la invitación. (Solicitud de Oferta)

2. Comunicaciones a los invitados para que presenten sus ofrecimientos en los plazos previstos.( Mínimo dos (2) o más)

3. Recepción de ofrecimientos. (Artículo Decimocuarto del presente manual, comité de cierres o recibo de cotizaciones)

4. Evaluación de ofrecimientos. (Análisis jurídico, económico y técnico)

5. Solicitud de aclaraciones. (De la Administración y/o de los Oferentes)

6. Traslado de evaluación. (Comunicarle a cada uno de los participantes)

7. Respuestas a observaciones. (de la evaluación)

8. Aceptación de ofrecimiento. (Adjudicación, consideración 1 del Artículo Décimo tercero, el cual faculta al competente para nombrar o no al comité de adquisiciones para esta modalidad de contratación)

9. Elaboración de contrato. (Artículo vigésimo cuarto del presente manual)

10. Firma del contrato o de la orden respectiva.

11. Requisitos de perfeccionamiento. (Firmas y expedición del RPC)

12. Requisitos de legalización.( pago publicación o Impuesto de timbre si es del caso)

13. Requisitos de ejecución. (Aprobación de la garantía si es del caso)

14. Remisión de documentos al supervisor. (Numeral 2 Artículo Décimo quinto)

15. Comunicación al contratista sobre fecha de iniciación. (Acta de inicio)


No obstante lo anterior, con previo análisis exhaustivo y riguroso por vía de excepción y en casos que se consideren suficientemente motivados, justificados y comprobados especialmente en forma económica y convenientes, consignados en el estudio de conveniencia y oportunidad; el funcionario competente podrá surtir una sola invitación a un ente estatal o privado, y podrá adelantar un proceso abreviado en cuyo trámite se garanticen los principios de la contratación.

IDENTIFICACIÓN O NÚMERO DEL CONTRATO.


Para efectos de identificación o numeración de los contratos suscritos en el Ministerio de Defensa Nacional . Ejército Nacional, y para la publicación de los procesos en la Web www.contratos.gov.co se determina lo siguiente:

1. Para Competentes contractuales (Ordenadores del gasto) con centralización administrativa o que estén comprometiendo presupuesto de varias unidades en un mismo contrato y también para unidades que ejecuten su mismo presupuesto, se identificará de la siguiente forma: (Ejemplo: 123-BASPC13-2006)


NUMERO- (Un consecutivo para todos los contratos en todos los rubros del mismo ordenador)

UNIDAD DEL ORDENADOR- (Sigla en Letras y Números del Competente contractual)

EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS

Los contratos se ejecutarán con sujeción a las condiciones y términos pactados; y cuando se requiera precisar dudas se consultarán los pliegos de condiciones y/o términos de referencia definitivos y sus adendas, los cuales forman parte integral del contrato.


MODIFICACIÓN AL CONTRATO

Cuando sobrevengan circunstancias o eventos de fuerza mayor, caso fortuito o el hecho de un tercero, debidamente comprobadas, que interfieran en la adecuada ejecución del contrato y ameriten la revisión de las condiciones pactadas, sin que con ello, se alteren las condiciones que dieron origen a la selección de la propuesta, previo pronunciamiento escrito del Supervisor y si el competente requiere la recomendación del comité de adquisiciones, se podrá modificar el contrato, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de los fines de la contratación.


ADICIÓN Y PRÓRROGA DEL CONTRATO

Previa solicitud del Gerente de Proyecto, debidamente justificada, los contratos se podrán adicionar en valor, sin que la adición exceda del cincuenta por ciento (50%) de su valor inicial expresado en salarios mínimos legales mensuales vigentes, si se dan las condiciones, se podrá prorrogar. En todo caso, y si el competente requiere la recomendación del comité de adquisiciones, previa justificación aprobada por la Interventoría o el supervisor del contrato. Suscrita la prórroga o adición, corresponde al contratista ampliar las pólizas en valor o plazo, según lo disponga el documento respectivo y proceder a su publicación si a ello hubiere lugar; por parte de la Administración, las Unidades respectivas procederán al registro presupuestal de la adición y a la aprobación de las modificaciones a las garantías.


PAGOS Y CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES

Los pagos que se generen por virtud de la ejecución de los contratos, se someterán a los trámites administrativos y las cuentas deberán contar con la aprobación de la interventoría o de la supervisión para su correspondiente legalización y desembolso.

MODIFICACIÓN CUENTA PARA PAGO DEL CONTRATO

Cuando el contratista solicita modificar la cuenta presentada para el pago de su contrato, el funcionario competente elaborará el oficio que suscribirá el competente contractual. De esta situación se informará al Supervisor del Contrato.

RESOLUCIÓN CONCEPTO SOLICITADO POR EL SUPERVISOR O POR EL CONTRATISTA

En situaciones que generan duda frente a la interpretación del contrato y/o su adecuada ejecución, el funcionario competente proyectará concepto escrito, de ser necesario, con el concurso de la Oficina de Contratación o quien haga sus veces; dicho concepto se basará en las leyes, decretos, resoluciones y demás normas incluyéndose los pliegos de condiciones y/o términos de referencia definitivos o sus adendas y surtirá trámite por conducto del mismo.


AUTORIZACIÓN DEL SEÑOR MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL PARA ADELANTAR OBRAS PÚBLICAS POR CONTRATACIÓN DIRECTA

Con sujeción al numeral 19 del artículo 4 del Decreto 855 de 1994, una vez analizada la solicitud y los documentos soporte, por conducto del Jefe de Estado Mayor y Segundo Comandante del Ejército, si resultare procedente, se proyectará concepto para la firma del Ministro de Defensa.

DEL DEBIDO PROCESO.

En caso de incumplimiento total o parcial de las obligaciones pactadas en el Contrato, se garantizará al contratista el debido proceso previsto en el artículo 29 de la Constitución Política y la respectiva actuación administrativa se sujetará a lo señalado en los artículos 3 y 35 del Código Contencioso Administrativo. El funcionario competente del contrato elaborará el documento en el que consignará los antecedentes del contrato, los fundamentos de hecho y de derecho del presunto incumplimiento y sus análisis frente a los mismos. De éste se dará traslado al Contratista para que en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, los controvierta, si a ello hubiere lugar y presente por escrito los argumentos que considere pertinentes para el adecuado ejercicio de su Derecho de Defensa.


RESOLUCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO O IMPOSICIÓN DE SANCIÓN

Examinados los argumentos y documentos presentados por el Contratista frente a su presunto incumplimiento, se decidirá sobre el mismo. Si de tales argumentos y documentos resulta configurado el incumplimiento, se expedirá el acto administrativo correspondiente, el cual se le notificará al interesado y sobre el particular se informará a los entes que determina la ley.


TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS

ARTICULO TRIGESIMO CUARTO

ACTA DE TERMINACIÓN

Agotado el término y cumplido el objeto del contrato, procederán las partes a suscribir el acta de entrega y recibo de la obra, bien o servicio, en la cual quedará expresa constancia de la condición de cumplimiento con sujeción al contrato o de los ajustes necesarios que deben ejecutarse dentro del término que en ésta se señale, para proceder a otorgar la garantías señaladas en el contrato y la única de entidades estatales.

ACTA DE LIQUIDACIÓN

Una vez recibido a satisfacción el objeto del contrato, se revisarán las condiciones económicas, las condiciones técnicas de ejecución y la situación jurídica del contrato, (comités evaluadores antiguos o actuales) para proceder a su liquidación, dentro de los 4 meses siguientes. Elaborado el documento de liquidación será visado por la interventoría y/o supervisión y suscrito por las partes. (Formato No.27)


CONSIDERACION ESPECIAL

Si no se lograre suscribir el acta de liquidación dentro del plazo previsto, se dejará constancia de las razones del caso y procederá un término supletivo de 2 meses para la revisión del caso y la suscripción del acta. Si agotado el plazo adicional, no se suscribiere la referida acta, procederá el supervisor y/o la Interventoría a dejar las constancias del caso y compete a la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos a sustanciar la liquidación unilateral, la cual será notificada al contratista, conforme lo previene el Decreto 01 de 1984. (Formato No.28)



ETAPAS DE LA CONTRATACION ESTATAL

Definida la Contratación Estatal como proceso; un proceso es una sucesión de etapas.

La doctrina tiene distintas tendencias, pero todas coinciden en que la contratación tiene actividades previas y posteriores, por lo que comúnmente estas se agrupan en:

  • Actividades pre-contractuales
  • Actividades Contractuales
  • Actividades Post-Contractuales.

Para efectos de nuestro curso, estudiaremos estas etapas:

  • PLANEACIÓN
  • PRECONTRACTUAL
  • CONTRACTUAL
  • POSTCONTRACTUAL

I. PLANEACIÓN DEL CONTRATO

  • Qué es planear?
  • PLANIFICACIÓN:

Es el proceso de diseño y selección de objetivos, metas y acciones acordes a la visión para el logro de resultados. Su producto es un PLAN que contiene políticas, programas, cronogramas, presupuestos. Es una proyección realista y verificable.

  • Cuál es el instrumento de planificación de cada entidad?
  • Cuál es el Antecedente más remoto de la Contratación en la entidad?

IMPORTANCIA DE LA PLANIFICACIÓN:

  • Base y soporte fundamental del contrato y del trámite
  • Permite que el contrato se ajuste a las necesidades de la entidad.
  • Convierte al Contrato en instrumento para el cumplimiento de la misión de la entidad.

REQUERIMIENTOS DE LA PLANEACIÓN

Información detallada, concreta y confiable. Esta podrá ser útil indistintamente a varios contratos

PRODUCTOS DE LA PLANEACIÓN

  • Precisar objeto, plazo y valor
  • Valorar y prever los riesgos
  • Determinar cantidad de recursos necesarios y fuentes
  • Documento base de la minuta correspondiente
  • “Las omisiones que se cometan en esta etapa se reflejarán en el desarrollo del proceso de selección o durante la ejecución del contrato generando la declaratoria de desierta de una licitación, la declaratoria de nulidad absoluta del contrato, la necesidad de ajustar el contrato a la realidad del bien o servicio prestado o simplemente al quebrantamiento de la ecuación contractual.”

REFLEXIÓN:

  • La planificación de un contrato siempre da lugar a un proceso o trámite contractual?
  • Conoce casos concretos de fallas en la planeación?

En resumen, durante la planificación o planeación se debe hacer:

  • Estudios previos.(Conducente, pertinente, conveniente?)
  • Registro en el Sistema de Información para la vigilancia de la Contratación Estatal, SICE.
  • Registro Único de Precios de Referencia, RUPR
  • Establecer los ítems
  • Determinar los permisos, licencias y autorizaciones requeridos (Si hay lugar)
  • Determinar el impacto social ambiental (Si hay lugar)
  • Consulta sobre impuestos
  • Análisis del mercado
  • Elaboración del presupuesto
  • Determinación del Sistema de Precios
  • Selección de la forma de pago
  • Estimación de los costos por ajustes e imprevistos
  • Determinación y procedimiento de selección del contratista
  • Verificación de la apropiación presupuestal
  • Programación de la contratación
  • Programación del desarrollo del contrato

ETAPA DE PLANIFICACIÓN - EXIGENCIAS REGLAMENTARIAS (Decreto 2170 de 2002)

  • Artículo 8°. De los estudios previos. En desarrollo de lo previsto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, los estudios en los cuales se analice la conveniencia y la oportunidad de realizar la contratación de que se trate, tendrán lugar de manera previa a la apertura de los procesos de selección y deberán contener como mínimo la siguiente información:

    1. La definición de la necesidad que la entidad estatal pretende satisfacer con la contratación.
    2. La definición técnica de la forma en que la entidad puede satisfacer su necesidad, que entre otros puede corresponder a un proyecto, estudio, diseño o prediseño.
    3. Las condiciones del contrato a celebrar, tales como objeto, plazo y lugar de ejecución del mismo.
    4. El soporte técnico y económico del valor estimado del contrato.
    5. El análisis de los riesgos de la contratación y en consecuencia el nivel y extensión de los riesgos que deben ser amparados por el contratista.

OTRA EXIGENCIA DE PLANIFICACIÓN DE LA CONTRATACIÓN ESTATAL:

“…la Administración Pública podrá celebrar contratos sólo en la medida en que verifique con certeza que:

  • Se ajustan a las necesidades de la entidad para el cumplimiento del servicio público que tiene encomendado.
  • Se dispone de recursos suficientes para solventar las prestaciones que se dejarán a cargo del contratista.
  • Se cuenta con los estudios de soporte requeridos para estructurar los alcances técnicos y jurídicos del contrato, así como para definir las condiciones (objeto, especificaciones técnicas, plazo y valor) en que debe ser ejecutado.
  • Se conoce los riesgos que implica para las partes la ejecución del objeto contractual y ha asignado en la minuta respectiva, por cuenta de cual de éstas corren, ha obtenido los bienes (predios, equipos, edificaciones), permisos y licencias que demande la iniciación o ejecución del contrato, o ha dado inicio al trámite para su obtención oportuna de acuerdo con el cronograma de ejecución contractual y, ha definido el esquema para hacer seguimiento y control a la actividad del contratista”.

II. ETAPA PRECONTRACTUAL

Relacionada en forma directa y específica con el contrato a celebrar.

REQUERIMIENTOS:

Los productos de la planificación

PRODUCTOS ESPERADOS:

  • Términos de Referencia o Pliegos de condiciones
  • Selección del Contratista (Trámite correspondiente)
  • Suscripción o celebración del Contrato (Acuerdo sobre)

ETAPA PRECONTRACTUAL- EXIGENCIAS LEGALES. (ley 80, ART. 25)

  • 6o. Las entidades estatales abrirán licitaciones o concursos e iniciarán procesos de suscripción de contratos, cuando existan las respectivas partidas o disponibilidades presupuestales.
  • 7o. La conveniencia o inconveniencia del objeto a contratar y las autorizaciones y aprobaciones para ello, se analizarán o impartirán con antelación al inicio del proceso de selección del contratista o al de la firma del contrato, según el caso.
  • 12. Con la debida antelación a la apertura del procedimiento de selección o de la firma del contrato, según el caso, deberán elaborarse los estudios, diseños y proyectos requeridos, y los pliegos de condiciones o términos de referencia
  • 14. Las entidades incluirán en sus presupuestos anuales una apropiación global destinada a cubrir los costos imprevistos ocasionados por los retardos en los pagos, así como los que se originen en la revisión de los precios pactados por razón de los cambios o alteraciones en las condiciones iniciales de los contratos por ellas celebrados.

ETAPA PRECONTRACTUAL

“Prueba de la importancia y la trascendencia de la etapa preparatoria, es el hecho de que la normatividad que regula la contratación pública en Colombia, exige que ésta se dé en los mismos términos para cualquier tipo de contrato, sin importar la cuantía del mismo ni el proceso de selección del contratista que se vaya a realizar.”

ACTIVIDADES DE LA ETAPA PRECONTRACTUAL

Comunes

1. Pliego de condiciones o Términos de referencia:


- Elaboración del proyecto
-Publicación (Página Web de la Entidad /diarios de amplía circulación/ otros medios ).
-Recepción de observaciones y sugerencias .
-Adecuación y elaboración de los pliegos de condiciones o términos de referencia definitivos.

2. Selección del Contratista


- De acuerdo con la forma y procedimiento de Selección:
(Licitación Pública, CD por Convocatoria Pública, CD por Invitación Pública y CD por Orden de Servicios.

Ejemplos de aplicación prácticos de aplicación de estos procedimientos: Caso SENA.

PARA TENER EN CUENTA:

  • La Contratación Directa es la excepción
  • (Art.24 Ley 80/93, Decr. 2170/02))
  • La Selección de Contratista: Acto Administrativo motivado.
  • El proceso de selección puede no ser exitoso (desierta).
  • Previo a la firma: ya se ha expedido el CDP; posterior: CRP.

Surtida esta etapa, con la firma y perfeccionamiento del contrato así diseñado comienza la ETAPA CONTRACTUAL.


III. ETAPA CONTRACTUAL

Desarrollo del objeto contractual, por parte del Contratista, y de la Contraprestación por parte del Contratante; en las condiciones forma y plazos pactados.


La guía es el texto mismo del contrato, y las normas que están tácitamente incorporadas.

FIRMA DEL CONTRATO:

Perfeccionamiento o Legalización ?

Se perfecciona igual el contrato con y sin formalidades ?

  • Perfeccionamiento: Acuerdo sobre obligaciones de las partes plasmado en escrito.(Art. 41 ley 80/93)
  • Legalización: Aprobación de garantías , registro presupuestal y publicación (pago)+ timbre.

Legalizado el Contrato: Se ejecuta

EJECUCIÓN DEL CONTRATO:

Preliminares

Designación/Contratación de Interventor o Supervisor

  • Acta de Inicio
  • Anticipo (Si hay lugar)
  • Diferencia entre ANTICIPO Y PAGO ANTICIPADO.

" El anticipo debe distinguirse del pago anticipado, donde la admón. Entrega al contratista…parte de su acreencia..puede disponer a su antojo de los recursos…en el anticipo apenas tiene la administración ”(de los recursos)”


*HERRERA, BENJAMÍN. Contratos Públicos.

EJECUCIÓN DEL CONTRATO

Situaciones o Actos de Ejecución

  • SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO (25.16 Ley 80/93)
  • CESIÓN DEL CONTRATO (9,41, 24-7, 77 L/80)
  • IMPOSICIÓN DE SANCIONES (4-2 L/80)
  • TERMINACIÓN ANTICIPADA ( Acuerdo/Unilateral) 14-17 L/80
  • INTERPRETACIÓN UNILATERAL ( 14,1-15 L/80)
  • ADICIÓN, MODIFICACIÓN, AMPLIACIÓN, PRÓRROGA
  • MODIFICACIÓN UNILATERAL ( 14-16)
  • CADUCIDAD ( 14,18 l/80)
  • TERMINACIÓN POR CUMPLIMIENTO DE PLAZO

CUÁNDO TERMINA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO?

  • Cuando vence el plazo ?
  • Cuando así lo determina la administración ?
  • Cuando el contratista renuncia a su ejecución ?
  • Cuando se vence la garantía ?
  • Cuando sobreviene inhabilidad ?

IV. ETAPA POST CONTRACTUAL

Actuaciones posteriores al vencimiento del término establecido en el contrato, o en el acto que lo da por terminado de manera anticipada. Generalmente versan sobre temas accesorios de la contratación misma.

ACTIVIDADES DE LA ETAPA POST CONTRACTUAL:

1. LIQUIDACIÓN: Acto que formaliza la terminación del contrato.
Modalidad: Común Acuerdo o Unilateral
Contenido: Relación detallada, paz y salvo o compensaciones, revisión y ajuste de garantías.
Procede: Contratos de Tracto sucesivo+ declarados caducidad+terminados unilateralmente+ así pactado+ Ej. Instantánea con mora.
Término: Pactado, o legal.

ACTIVIDADES DE LA ETAPA POST CONTRACTUAL:

2. UTILIZACIÓN DE GARANTÍAS

  • Según las propias y pactadas en el Contrato
  • El plazo de la garantía extiende el del Contrato?

3. CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA

  • Si se aplica, en concordancia con la normatividad civil (13,40 L80/93 y 1592 CC).

BIBLIOGRAFÍA:

  • LEY 80 DE 1993 Y REGLAMENTACIÓN VISTA EN MARCO LEGAL.
  • VEGA DE HERRERA,Mariela y ORDOÑEZ, Alejandro. CONTRATACIÓN ESTATAL. Edit. TEMIS.
  • HERRERA, Benjamín .CONTRATOS ESTATALES. Ediciones Jurídicas Gustavo Ibañez.
  • MANUAL DE CONTRATACIÓN DE ENTIDADES PÚBLICAS:
    - DAS
    -ALCALDÍA DE MEDELLÍN
    -GOBERNACIÓN DE SANTANDER
    -SENA

martes, 9 de septiembre de 2008

TAREA No. 5. IDENTIFICAR LAS FUNCIONES DEL SIIF, SAP, SICE Y SUS APLICACIONES

SIIF NACION


El Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación es una herramienta modular automatizada que integra y estandariza el registro de la gestión financiera pública, con el fin de propiciar una mayor eficiencia en el uso de los recursos de la Nación y de sus entidades descentralizadas, y de brindar información oportuna y confiable.


SISTEMA INTEGRADO DE INFORMACION FINANCIERA


CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL


APROPIACIÒN PRESUPUESTAL

Corresponde al monto máximo que ha sido autorizado a cada Unidad Funcional para ser ejecutado o comprometido durante la vigencia fiscal de acuerdo al PAC aprobado para la vigencia y el rezago presupuestal.


CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

El certificado de disponibilidad presupuestal es el documento expedido por el Jefe de Presupuesto o quien haga sus veces con el cual se garantiza la existencia de apropiación presupuestal disponible y libre de afectación para asumir compromisos con cargo al presupuesto de la respectiva vigencia fiscal.

• Obedece a solicitud escrita del ordenador del gasto
• Existen dos tipos de CDP: gasto y modificación
• No se debe expedir un CDP de gasto por el total de la apropiación asignada
• A un CDP se debe incorporar los rubros que financien el proceso contractual que se inicia.


ADICION

Aumentar el valor del CDP y de un rubro o rubros del CDP, no se pueden agregar nuevos rubros al inicial

REDUCCION


Disminuir el valor del CDP y de un rubro o rubros del CDP

MODIFICACION

Objeto del texto, modificar códigos CUBS registrados ò incorporárselos.

ANULACION

Únicamente si el CDP no ha sido comprometido en todo caso debe soportarse con acto administrativo


REGISTRO DE BIENES Y SERVICIOS

• El propósito de esta transacción es reflejar la información detallada de bienes y servicios que van a ser adquiridos.

• Al digitar el número del CDP la transacción trae automáticamente los datos registrados en el CDP tales como: Código CUBS el cual se encuentra a Nivel de Subclase, la descripción y el Valor Unitario.

• La oficina de contratos en la encargada de registrar en SIIF la transacción.

• En el objeto del contrato se debe definir el detalle de los bienes y servicios con códigos CUBS.

• El soporte para registrar es el acto administrativo o contrato que debe contener toda la información.

• Si en el CDP a utilizar se registraron varios códigos CUBS de los cuales no se van a afectar algunos, el ítem que no se vaya a utilizar debe ser eliminado.

• Se pueden cambiar las cantidades frente a las que fueron registradas en el CDP.

• Se puede ajustar el valor unitario por el valor real al que se adquirió el bien o el servicio.

• El IVA se debe digitar sin signo de porcentaje ni decimales, ejemplo 16; 8.

• No permite cambiar la Subclase registrada en el CDP.

• El valor de la Operación es igual al valor total del Contrato.

• La fecha de Cierre no puede ser anterior a la del CDP.

• El sistema carga en cada una de las carpetas los códigos CUBS de los Bienes o Servicios/Obras Pública adquiridos.

• La cantidad de bienes a adquirir registrada en el CDP puede ser diferente a la del Registro, el sistema valida solo Código y Valor Total.

• Se debe confrontar la traza a nivel del CDP con las incorporadas en el contrato, advirtiendo cualquier inconsistencia que se detecte.

• El sistema carga en cada una de las carpetas los códigos CUBS de los Bienes o Servicios/Obras Pública adquiridos.

• La cantidad de bienes a adquirir registrada en el CDP puede ser diferente a la del Registro, el sistema valida solo Código y Valor Total.

• Se debe confrontar la traza a nivel del CDP con las incorporadas en el contrato, advirtiendo cualquier inconsistencia que se detecte.


REGISTRO PRESUPUESTAL DEL COMPROMISO

“El registro presupuestal es la operación mediante la cual se perfecciona el compromiso y se afecta en forma definitiva la apropiación, garantizando que esta no será desviada a ningún otro fin. En esta operación se debe indicar claramente el valor y el plazo de las prestaciones a las que haya lugar” Art. 20 Decreto 568 de 1996.

El acto de registro perfecciona el compromiso, constituyendo requisito indispensable para la ejecución del contrato

1. El documento soporte para expedir el CRP puede ser contrato, resolución, LOA, nóminas entre otros.

2. El acto administrativo debe estar debidamente firmado por las partes, debiendo coincidir los datos del beneficiario con los registrados en la base del SIIF

3. Para su expedición se debe comprobar que la cuenta del beneficiario se encuentre en estado activo.

4. El objeto del contrato debe tener coherencia con el concepto definido en el CDP
5. Puede registrar por un valor inferior al CDP que tiene asociado (Caso de proceso licitatorios)

6. En las cláusulas del contrato se debe estipular la subordinación a la apropiación presupuestal definida al máximo nivel de desagregación del rubro.

7. Para definir los planes de pago se debe tener certeza que el cupo PAC esta disponible en la vigencia o rezago año siguiente.



REGISTRO PRESUPUESTAL DEL COMPROMISO


• La fecha del documento soporte para expedir el CRP debe ser anterior o igual al registro de este.

• El CRP debe expedirse previo a la ejecución del contrato con el fin de no configurar hechos cumplidos.

• En el acto administrativo o contrato se debe condicionar su ejecución a la expedición del registro presupuestal.


ENTRADA A SATISFACCION DEL BIENO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO


• En esta transacción se registra el ingreso de bienes al Almacén o el reconocimiento del servicio prestado.

• Se registra en SIIF desde el perfil administrativo.

• El documento soporte para su registro es la factura o su equivalente, verificando que el beneficiario y los elementos relacionados correspondan a lo definidos en el contrato


ENTRADA A SATISFACCION DEL BIENO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

• En el campo número de compromiso se digita el CRP asociado a la entrega del bien y/o servicio, reflejando el valor pendiente por recepcionar de bienes o servicios.

• Al seleccionar la cuenta contable en la casilla respectiva se debe observar que corresponda al tipo de gasto previsto, en caso contrario se debe informar a la Central Contable de DIFIN.


ENTRADA A SATISFACCION DEL BIENO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

De un compromiso se pueden generar varias entradas de bienes o recibo de servicios, debiéndose eliminar las filas que se vayan a recibir posteriormente


OBLIGACION Y ORDEN DE PAGO

• “Se entiende por obligación el monto adeudado producto del desarrollo de los compromisos adquiridos por el valor equivalente a los bienes recibidos, servicios prestados y demás exigibilidades pendientes de pago, incluidos los anticipos no pagados que se hayan pactado en desarrollo de las normas presupuéstales y de contratación administrativa”

• Soporte para registrar la obligación: Acta de recepción del bien, factura, recibo a satisfacción del servicio, planillas, nóminas, etc.

• Se debe verificar que el beneficiario del pago es el mismo que aparece en los documentos que respaldan el contrato.

• Por cada entrada de bienes o recibo de servicios se debe definir un plan de pagos en el CRP

IMPORTANTE …
.
• Según lo dispuesto en la Ley 1106/06, para todos contratos de obra pública se debe aplicar retención del 5% sobre el valor total del contrato.

• Se debe conservar copia de la consignación en la unidad y hará parte integral de los documentos que soportan la ejecución del contrato.


MULTIPLES BENEFICIARIOS

• Se debe diligenciar la carpeta múltiples beneficiarios para registrar pagos, caso viáticos, gastos de viaje y otros servicios indirectos.


GENERACIÓN DE LA ORDEN DE PAGO PRESUPUESTAL

• El perfil pagador debe efectuar la selección de las obligaciones y ordenar su pago, tanto para recursos con y sin situación de fondos.

• La segunda instancia para el pago es confirmar y generar la orden de pago.

• Una vez grabada la transacción de confirmación de O.P el sistema genera un número de orden de pago para cada obligación.


GENERACIÒN DE LA ORDEN DE PAGO PRESUPUESTAL

• Si se selecciona obligaciones para pago y no se confirma el pago para el mismo día, el sistema desconforma la selección debiéndose realizar nuevamente la selección para la fecha prevista de pago

• Cuando se requiera alguna excepción al pago a beneficiario final, el ordenador del gasto por escrito solicitará a través de DIFIN al Comité de Seguridad SIIF autorice el pago por endoso, previa justificación.


SICE


Es un sistema de información ordenada y control a cargo de la contraloría general de la república, que integra toda las cifras del proceso de contratación estatal con el fin de confrontarlas en líneas y en tiempo real con los precios de referencia que posee la central de información, garantizando una contratación sin detrimento de los recursos del Estado


Es un instrumento de apoyo a la ley de contratación estatal, por cuanto en ella expresa que las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad.


CARACTERISTICAS


1.Los proveedores podrán consultar los archivos de registros de precios que envíen de ahora en adelante sin tener que esperar el correo de confirmación con lo cual podrán hacer un mejor seguimiento de cada registro.

2.Las entidades del estado podrán consultar los archivos de planes de compra.

3.Los usuarios cuyo rol tengan el servicio de consulta de precios indicativos podrán consultarlos ahora también en lote y no solo uno por uno.


SAP


Fue fundada en Alemania en 1972, este sistema comprende muchos módulos completamente integrado, abarca todos aspectos de al administración empresarial.


CARACTERISTICAS


1.INFORMACION: Significa que la información se encuentra disponible al momento.


2.JERARQUIA DE LA INFORMACION: Esta forma de organizar la información permite obtener informes desde diferentes vistas.


3.INTEGRACION: Es la mas destacable, permite que la información se comparta entre todos los módulos del SAP



PARA CONSULTAR SAP SE PUEDE INGRESAR A LA PAGINA:

http://10.18.67.5;90/kavir/

PARA CONSULTAR SIIF Y CISE EN LA PAGINA DEL MINISTERIO DE HACIENDA